¿QUÉ PASA SI NO SUPERAS EL CONCURSO-OPOSICIÓN? EL EJEMPLO GALLEGO (I).
Si no pasaste el concurso-oposición entras de forma automática en una lista de sustituciones. La elabora la Consellería de Educación e Ordeación Universitaria, y aparecerás en ella de acuerdo con la puntuación conseguida en la especialidad por la que te presentaste.
Esta lista es cerrada, por lo que, siempre que seas llamado para realizar una sustitución, el puesto conseguido en ella no se modificará de acuerdo con las puntuaciones que consigas en futuros procedimientos selectivos. Así que si te llaman para hacer una sustitución, “¡a vivir!”, funcionario interino toda la vida, conociendo Galicia de aquí para allá haciendo sustituciones, ganando más y más puntos para las fases de concurso de los futuros procedimientos selectivos, y ganando una pasta, como veremos en entradas posteriores.
Los llamamientos para hacer las sustituciones se hacen de acuerdo con el puesto que ocupes en la lista (claro) y, como principio general, tienes que aceptarlos pues de lo contrario perderás el puesto que te corresponde en la lista.
Es decir, que en principio, tienes que aceptar la sustitución que te endosen, aunque no te venga muy bien, y tendrás que irte a Chantada, a Foz, a Corcubión o a donde te manden. Pero esta regla general tiene excepciones. Puedes negarte, sin perder tu puesto, en los siguientes casos:
1 – Por gozar de otro contrato de trabajo.
2- Por ser víctima de violencia de género.
3 – Por ampliación de estudios (por ejemplo, cuando se realiza el doctorado, o estudios para obtener un título superior o una diplomatura distinta de la que se tenga, así como la formación en el extranjero en las lenguas o en las enseñanzas de régimen especial).
4 – Por tener concedida una beca de estudios.
5 – Por enfermedad grave.
6 – Por atender a un hijo menor de 6 años.
7 – Por atender a un familiar a cargo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por si mismo o no desempeñe actividad retribuida.
Para negarte, debes comunicarlo por escrito en el plazo de reclamaciones a la adjudicación provisional de destinos para el curso académico que proceda, salvo que el motivo tenga su origen en causa sobrevenida con posterioridad (un grave accidente de coche, por ejemplo).